![]() ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE 111 FORMAS JURÍDICAS. Distingue las diferentes formas jurídicas de las empresas y las relaciona con las exigencias de capital y responsabilidades para cada tipo, valorando las más apropiadas en cada caso en función de las características concretas. ![]() CONTENIDOS
![]() CONCEPTOS EVAU EMPRESA.
EMPRESARIO.
PERSONA JURÍDICA.
SOCIEDAD ANÓNIMA. Es la forma jurídica que toma una sociedad mercantil cuyo capital está dividido en acciones (mínimo = 60.000 €). Los socios (1 o más) se llaman “accionistas” y tienen “responsabilidad limitada” (no responden a las deudas sociales con su patrimonio personal). SOCIEDAD LIMITADA. Es la forma jurídica que toma una sociedad mercantil cuyo capital está dividido en participaciones iguales (mínimo = 3.000 €). Los socios se conocen mutuamente y tienen “responsabilidad limitada” (no responden a las deudas sociales con su patrimonio personal). SOCIEDAD LABORAL. Es la forma jurídica especial que toma una S.L. (llamada S.L.L.) o una S.A. (llamada S.A.L.) en la que la mayoría del capital social (>50%) es propiedad de los socios “trabajadores” con contrato indefinido, Pueden tener socios “capitalistas” (aportan solo dinero). SOCIEDAD COOPERATIVA. Es la forma jurídica especial que toma una asociación de personas físicas o jurídicas que, teniendo intereses o necesidades comunes, desarrollan una actividad empresarial. Suelen tener responsabilidad limitada y grandes ventajas fiscales. EMPRESARIO INDIVIDUAL. Es la forma jurídica que toma una sola persona cuando funda su propia empresa en solitario. No existe un mínimo de capital aportado, pero el empresario tiene una responsabilidad ilimitada (responde a las deudas del negocio con su patrimonio personal). CAPITAL SOCIAL.
ACCIONES (de una sociedad). Son cada una de las partes iguales en que se divide el capital social de una Sociedad Anónima. Su propietario se llama accionista, y además de tener derecho a votar en las Juntas, recibirá la parte alícuota de los beneficios generados por la S.A. PARTICIPACIONES (de una sociedad). Son cada una de las partes iguales en que se divide el capital social de una Sociedad Limitada. Su propietario se llama simplemente socio y le dan derecho a votar en las Juntas, y recibir la parte alícuota de los beneficios generados. |
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